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"... la ley creó un nuevo estado civil, diferenciando la unión concubinaria de la unión libre..." señaló el Diputado Diego Cánepa

La norma que reconoce la unión concubinaria aprobada por el Parlamento en diciembre del año pasado abrió un abanico de posibilidades para discutir a nivel legislativo, judicial y social. Se trata de la legitimación de lo que se consideraba “unión libre”, que extiende el reconocimiento legal a uniones de personas del mismo sexo. A nivel judicial la ley plantea zonas oscuras -como los derechos sucesorios de los concubinos, cuándo comienza a regir la unión, entre otros- que hará falta iluminar a medida que se aplique en casos concretos. A nivel social, organizaciones que abogaron por la aprobación de la norma sostienen que es una forma de reconocer las nuevas maneras de constituir familias en Uruguay. Sin embargo, hay quienes consideran que no están dadas las condiciones sociales para aplicar la ley ya que fuera del marco legal todavía existe discriminación y homofobia.

“Es importante que la ley se haga realidad y no muera en un cajón”, dijo Clara Fassler, la coordinadora de la Red Género y Familia, una de las organizaciones de la sociedad civil comprometida con la lucha por alcanzar la equidad entre géneros, en relación a la ley de unión concubinaria, en ocasión de una mesa redonda organizada por la Red y la Secretaría de la Mujer de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM). Es que, con la aprobación de la norma en el Parlamento, que tuvo lugar en diciembre del año pasado, “los legisladores tuvieron en cuenta que la constitución de la familia uruguaya ha cambiado, ya que este tipo de uniones ha aumentado, triplicando su tasa desde 1990, mientras que la cantidad de casamientos formales que se celebran en el país ha caído a la mitad”, sostuvo Fassler.

Para la coordinadora de la Red, la mayor dificultad que plantea la ley tiene que ver con su implementación ya que, si bien legitima la unión en pareja incluyendo a personas del mismo sexo y define responsabilidades del Estado, “algunas cuestiones formales no están solucionadas”.

Por su parte, la abogada Luz Calvo, que acompañó el proceso de redacción de la ley, mencionó que se trata de un instrumento jurídico con puntos positivos y de los otros. En primera instancia y como punto a destacar favorablemente, recordó que los movimientos sociales insistieron en el diseño de un marco legal que valiera igual para todos y que no lo dejara librado a la interpretación de los jueces.

Calvo también reconoció algunas sombras y puntos ciegos en la norma. Por ejemplo que no deja claro en qué momento comienzan a regir los derechos ni si son retroactivos para las parejas formadas en períodos anteriores a la ley, y eso puede dar lugar a múltiples interpretaciones. Otro punto frágil para la abogada es la configuración de lo que dio en llamar “concubinato putativo”. Según Calvo esto ocurre, por ejemplo, en el caso en que una persona esté casada y mantenga un concubinato a la vez, o bien tenga dos concubinos.

Si esta persona se presenta con un concubino ante el juez y dice ser soltero, presentando falsos testigos, generaría una unión “falsa” o “putativa”. A su entender, hay que armonizar la norma porque, en ese caso particular, se pueden producir dos filiaciones legales. “Debería tenerse en cuenta alguna sanción para este caso, como pasa con el matrimonio putativo”, explicó.

Por otra parte, mencionó el tema de los efectos personales, ya que se establece la “obligación de alimentos” entre concubinos, la cual se extiende tantos meses o años como los de existencia de la unión. La abogada comentó que, según su interpretación de la ley, no queda claro cómo se dará la disolución de la unión cuando haya presencia de hijos de alguna de las partes. “La norma da por sentado que los hijos de las parejas fueron concebidos dentro de la unión concubinaria pero eso no tiene por qué ser así”, observó. También recordó que se debe afinar el término de “efectos sucesorios”, porque la ley plantea que para heredar al concubino no puede haber hijos.

Nuevos planteos de viejos problemas Según el diputado Diego Cánepa (NE), la ley creó un nuevo estado civil, diferenciando la unión concubinaria de la unión libre (ahora bajo esta concepción estarían aquellas parejas no registradas como concubinos o con menos años de convivencia).

En tanto, el psicólogo y sexólogo Bruno Ferreira destacó que desde el punto de vista de la subjetividad no es tan simple el reconocimiento de las parejas homosexuales, ya que se deben facilitar condiciones simbólicas en la sociedad que contribuyan a un cambio profundo de percepción de la diversidad sexual. “No ha sido buena la difusión de esta ley porque hay homofobia internalizada en la sociedad, ya que se rechaza la unión homosexual aunque parezca que se construyó una idea de igualdad”, sostuvo. Según Ferreira, muchas parejas homosexuales no adherirán a esta unión por no estar afines a declarar públicamente que son pareja ya que temen ser discriminados.

“Al momento de declarse ante la ley se genera cierta publicidad de la unión que no muchas personas desean para sus vidas.

La norma es algo importante pero debe ser el comienzo para complejizar el tema de la diversidad sexual a nivel social y subjetivo”, sostuvo el psicólogo.

La Diaria, Lunes 31 de marzo del 2008.

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